Por Redacción PortalPortuario.cl
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El Senado y la Cámara de Diputados de Argentina promulgaron este jueves la Ley de Desarrollo de la Marina Mercante Nacional y la Integración Fluvial Regional (27.419).
La norma, de 42 artículos, publicada en el Boletín Oficial, busca “fomentar la integración regional en las áreas de influencia de los ríos Paraguay y Paraná, conforme a lo establecido en el Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay Paraná, así como del río Uruguay y los espacios marítimos”.
Asimismo, promueve “el desarrollo y crecimiento sustentable de la flota mercante de bandera nacional, mediante el mejoramiento de su competitividad y el aumento de la demanda de fletes más económicos; La consolidación y el incremento de la participación de la flota mercante argentina en los fletes generados: por el cabotaje nacional; por los tráficos bilaterales y multilaterales comprendidos en acuerdos suscriptos por la República Argentina; y por los tráficos internacionales, en particular, el aumento de su participación en el tráfico de la Hidrovía Paraguay Paraná y el río Uruguay”.
En otro ámbito establece “la generación y el incremento de fuentes de trabajo estables, favoreciendo y asegurando el empleo de tripulaciones argentinas y promoviendo actividades conexas, como el permanente y continuo aumento del nivel de formación y capacitación profesional; y precisa “fomentar la incorporación de buques y artefactos navales construidos en el país a la Marina Mercante de bandera argentina”.