Empresa Portuaria Iquique articula reunión normativa de fumigación de contenedores

Por Redacción PortalPortuario.cl

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Empresa Portuaria Iquique (EPI) convocó a una reunión extraordinaria con los servicios públicos y asociaciones gremiales de usuarios de zona franca con el objetivo de dar a conocer y facilitar la implementación de las nuevas exigencias sobre la fumigación que se aplica a parte de los contenedores importados.

El gerente de Operaciones, Rubén Castro, indicó que “es sumamente importante que todos los actores de la cadena logística entiendan el procedimiento que se debe llevar a cabo en caso de contenedores que sean fumigados, ya que se trata de gases nocivos que pueden afectar la salud de quienes interactúan con ellos. Asimismo, nos parece fundamental establecer las responsabilidades que ello conlleva”.

En la oportunidad, el encargado regional de control de fronteras del SAG, Mario Cáceres, expuso los lineamientos del control fitosanitario, requisitos y exigencias normativas, pero también reiteró las responsabilidades del servicio que se enmarcan en resguardar el patrimonio agrícola y ganadero a través de la protección y mejoramiento de la salud de los animales y vegetales. “Para evitar que ingresen plagas a nuestro país, como servicio tenemos que revisar y verificar el 100% de los contenedores que signifiquen un posible riesgo”.

En ese sentido, Cáceres explicó que a partir del 10 abril del 2018 el SAG comenzó a medir las concentraciones de gases de fumigación al interior de los contenedores “para evitar la exposición de nuestros inspectores al bromuro de metilo y fosfina. Así, hasta el 22 mayo se han realizado 75 mediciones, donde 36 de ellas han estado sobre el límite permitido por el D.S Nº 594/2000 (1 ppm)”, dijo.

Posteriormente el encargado de salud ocupacional de la seremi de Salud de Tarapacá, René Vega explicó los riesgos y consecuencias para la salud de las personas derivadas de la exposición a los gases de fumigación.

En tanto, el capitán de Puerto de Iquique, Felipe Torres Silva, señaló que desde el punto de vista de la Autoridad Marítima, si los contenedores llegan con concentración de gases dentro del límite máximo dispuesto por la autoridad de salud, no existe inconveniente en que éstos sean aforados por los encargados del SAG y Aduana, no obstante, si la concentración de gases es mayor que la norma, los contendores deben ser ventilados previamente, para lo cual se requiere de la habilitación de áreas especiales tanto dentro como fuera del recinto portuario.

Revisados los detalles y particularidades de la norma sobre fumigación y ventilación de contenedores se acordó la preparación de un documento de trabajo el que será dado a conocer por todos los usuarios de zona franca y otros interesados.

La actividad se enmarcó en el trabajo que está llevando a cabo el Comité de Coordinación de Servicios Públicos al interior de los recintos portuarios, el cual es presidido por el gerente general de EPI.


 

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