Por Redacción PortalPortuario.cl
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La Junta Colegiada de la Agencia Nacional de Transporte Fluvial (Antaq) modificó el estándar que regula el fletamiento de embarcaciones extranjeras para reemplazar naves de cabotaje que se encuentren amarradas por mantención o reparación en un astillero por un periodo de hasta 90 días.
De esta manera, se instituyó la modalidad de tiempo para reemplazar el buque que estaba en operación comercial regular y que pasó a estar amarrado por mantención.
La autorización; sin embargo, se limita a alquilar un barco de un tipo y tamaño similar equivalente al buque atracado, después de verificar la indisponibilidad de una embarcación de bandera brasileña del tipo y tamaño apropiado.
De acuerdo con la Resolución N ° 7.858, el arriendo de un buque extranjero por un tiempo para reemplazar el buque atracado se autorizará por un período de hasta 90 días, limitado al período de atraque efectivo desde la fecha de entrega del buque al astillero.
Para obtener la autorización para fletar embarcaciones extranjeras en la modalidad de tiempo para reemplazar embarcaciones atracadas, la Compañía Brasileña de Navegación (EBN) debe presentar a Antaq el plan de atraque, que contenga el motivo y también el cronograma con el período de tránsito de entrega de la embarcación al astillero y su devolución a EBN.
De acuerdo con el Superintendente de Subvenciones de Antaq, Alber Vasconcelos, el cambio en las reglas cubrirá posibles brechas operativas en las solicitudes de fletamiento de tiempo resultantes de operaciones de atraque regulares y obligatorias llevadas a cabo por EBN que ya han dimensionado su flota para servir al mercado.
“Es común que estas compañías documenten sus embarcaciones en operación, mientras que al mismo tiempo tienen que mantener un servicio constante a los clientes habituales. La escala semanal es de suma importancia en las compañías de línea y no hay un excedente de espacio en el mercado nacional que abastezca la ausencia de un buque”, explicó.
Para Alber, la resolución permite una mayor seguridad jurídica y objetividad a los requisitos para reemplazar los buques operativos en la flota atracada, con ganancias para las empresas y los usuarios.