Armadores argentinos reclaman mismo trato respecto de medidas de promoción que benefician a buques de terceras banderas

Por Emiliano Galli 

@TradeNewsAr 


Las compañías navieras de bandera argentina enviaron una batería de notas al Gobierno a raíz de las recientes medidas de promoción a las empresas de bandera extranjera que operan en determinados tráficos.

Las misivas fueron remitidas por la Federación de Empresas Navieras Argentinas (FENA) tanto a la Administración General de Puertos (AGP) –que dispuso bonificaciones a los buques en cabotaje entre el puerto de Buenos Aires y los de Paraguay y/o Bolivia, por un lado– como a la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, en virtud del decreto que exceptúa del recurso a los prácticos para determinados buques en navegación por los ríos Paraná y Uruguay y en maniobras de los puertos de Buenos Aires, La Plata y Bahía Blanca.

En la carta a la AGP, FENA reclama para los buques de bandera argentina los mismos beneficios establecidos para la bandera paraguaya por medio de la resolución 40/2019, que bonifica en un 100% la tasa de uso de puerto, la tasa a los buques y los servicios por uso de puerto a toda embarcación que “realicen el tráfico entre el Puerto Buenos Aires y algún puerto de Paraguay y/o Bolivia”.

“Entendemos que es de capital importancia que los beneficios previstos en la resolución 40/2019 se hagan extensivos a todos los tráficos dentro del cabotaje nacional e internacional de modo que, a la vez de aplicar dicha normativa en forma igualitaria, tenga efectos positivos no sólo en todas las actividades que se desarrollen en el transporte por agua dentro del cabotaje, sino también en la economía de nuestro país”, indica la nota enviada por la federación que agrupa a las cámaras empresarias armadoras de buques de bandera argentina.

“Por las razones señaladas –continúan– solicitamos la aplicación de dicha normativa en la forma expuesta, ya que será una importante herramienta para el comercio que se realiza en el ámbito del cabotaje nacional e internacional y que, en su gran mayoría, se realiza por agua”.

Remolques de tiro

Asimismo, y en referencia al decreto 188/19 que exceptuó del embarque de prácticos a determinadas embarcaciones que naveguen por el río Paraná y Uruguay, y que accedan a los puertos de Buenos Aires, La Plata y Bahía Blanca, FENA solicitó audiencia al director nacional de Política Naviera y Portuaria, José Vieytes Otero, porque advierten que “se ha omitido incluir a los remolcadores de tiro”.

Piden que el apartado 2 del artículo 6° del decreto incluya que “los remolcadores de empuje y de tiro cualesquiera sean su eslora y bandera. Y los convoyes de empuje, y de tiro, cualesquiera sean su eslora y bandera”.

Por último, FENA también elevó cuestiones vinculadas con la tramitación y aprobación de los permisos de excepción a la ley de cabotaje.

Al respecto, sugieren que la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante “publique la trazabilidad de los permisos precarios que se mencionan en la Resolución 870/2018 brindando información acerca de la concreción o no del servicio, tiempos de la travesía, carga transportada y los puertos de carga-descarga”.

Es más, reclaman que a los “exceptuados” (armadores que chartean buques de bandera extranjera por no contar con disponibilidad de pabellón nacional para determinado tráfico) “den cumplimiento a las regulaciones en materia impositiva” y que presenten documentación que “acredite el cumplimiento de las regulaciones en materia laboral e impositiva establecida para los buques de bandera argentina”.

Asimismo, plantean que no comiencen a regir las excepciones “sin que las empresas armadoras estén notificadas en tiempo y forma”. Como hoy es preciso informarse sólo ingresando en la página de la Subsecretaría, piden que las notificaciones se realicen por correo electrónico a los interesados.


 

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