Javier León, Vicepresidente de la Cámara Aduanera de Chile
El Artículo 186 de la Nueva Constitución (NC) podría ser el tiro de gracia para el proyecto del Puerto Exterior en San Antonio y de la expansión portuaria en Chile; por que el artículo plantea que: El Estado fijará una política nacional portuaria, orientada por los principios de eficiencia en el uso del borde costero; “responsabilidad ambiental, con especial énfasis en el cuidado de la naturaleza y bienes comunes naturales”.
Este último artículo pone en riesgo la construcción del PGE en San Antonio por los posibles perjuicios que le podría ocasionar a los Humedales de los Ojos del Mar. Con este artículo cualquier grupo ambientalista extremista y/o grupo de pueblos originarios podrían impedir o parar la construcción de este proyecto u otros proyectos portuarios aludiendo a este artículo en materia de responsabilidad ambiental.
En Valparaíso ya hemos tenido experiencia en esto y los grupos extremistas han podido parar cualquier expansión del puerto (el T2 por ejemplo) durante los últimos 10 años, si en Valparaíso han podido parar cualquier proyecto de expansión portuaria con la actual constitución, con este nuevo artículo en la nueva constitución podrían detener la ejecución de cualquier nuevo proyecto portuario dándole el triunfo final de la guerra del pacifico-portuaria al eje Callao-Chancay sobre el eje San Antonio-Valparaíso, transformando a Chancay en puerto Hub y a los puertos chilenos en puertos de segunda categoría; y es por eso que es urgente modificar este artículo o sacarlo o rechazar.
El artículo 186 de la NC plantea también un reconocimiento de la carrera profesional portuaria como trabajo de alto riesgo, cosa que es excelente y un gran anhelo de los trabajadores; en cuanto a la participación pública en los recursos que genere la actividad con vinculación con el territorio y las comunidades en las cuales se emplacen los recintos portuarios estamos de acuerdo, pero más que plantear que las empresas portuarias tributen en la ciudad donde se emplazan físicamente se debería también exigir que las compañías navieras también tengan su casa matriz y tributen en la ciudades puertos donde generan sus servicios y no en Santiago como es ahora, cosa que también se debería aplicar para los embarcadores, freight forwarder, empresas de transportes, agencia de aduanas, agencias de carga, almacenes extra portuarios, terminales portuarios, etc.
Además, la tributación aduanera que se genera también debería quedar o por lo menos un porcentaje en la ciudad puerto por donde ingresa la mercancía. Eso sí descentralizaría al país y debería verse en la próxima reforma tributaria; a modo solo de ejemplo el 2021 la región de Valparaíso recaudó USD 11.298,90 millones por concepto de impuestos aduaneros y de eso “cero” quedó en la región.
Otro aspecto importante del artículo 186 es la creación de una Política nacional portuaria que debería ampliarse a una política nacional del comercio exterior y portuaria, esto quedó pendiente en la Comisión de Puertos y Logísticas de la ex-presidenta Bachelet el año 2015, donde se planteó la creación de una subsecretaría de comercio exterior y de un Sernac del Comex donde los importadores y exportadores puedan reclamar por los abusos en los costos marítimos portuarios; como por ejemplo el alza de los fletes marítimos y los demurrage que en Chile están en tierra de nadie, no como en Estados Unidos donde existe la Comisión Marítima Federal (FMC) y donde el presidente Joe Biden acaba de firmar la ley de Reforma del Transporte Marítimo (OSRA).
“La Ley impedirá que las compañías navieras se aprovechen de las familias , agricultores , ganaderos y empresas estadounidenses”, señaló el presidente en una ceremonia formal en la Casa Blanca .
Es por eso que, gane el Rechazo o el Apruebo, es necesario crear una ley portuaria del comercio exterior y una subsecretaría del comercio exterior que regule los abusos de los cobros en el comercio exterior chileno, tal cual como hizo Estados Unidos.