Raúl Villegas: “La seguridad portuaria comienza con el Practicaje”

Raúl Villegas es Práctico de Puerto, Consultor Marítimo y Ex Oficial de Marina (Capitán de Navío con 34 años de servicio – Oficial de Estado Mayor) e Ingeniero Naval Electrónico, con experiencia en administración de recursos humanos, financieros y materiales y en el desarrollo de proyectos.


El Practicaje en Chile tiene una larga historia y tradición. En el año 1859 se dictó el primer “Reglamento de Prácticos de Bahía” que contaba de 35 artículos. Su dependencia era del Gobernador Marítimo de Valparaíso que daba cuenta a la Comandancia General de Marina del desempeño de los profesionales a cargo de la actividad.

El quehacer del Sistema de Practicaje ha sido parte de las políticas públicas de Estado de esta Nación, desde la creación de la primera oficina de prácticos del Puerto de Valparaíso.

Desde sus inicios, todos los aspectos del practicaje han sido normados y regulados por la Autoridad Marítima, así como lo hacen las naciones desarrolladas.

Cada nave que zarpa o recala a un puerto contiene carga y, además, miles de toneladas de hidrocarburos con los que se propulsa. En caso de una colisión o accidente, el daño puede ser el bloqueo de un puerto por semanas o meses, como lo que acabamos de ver en Baltimore, pero si llegase a ocurrir un derrame de petróleo al mar, las consecuencias medioambientales pueden durar décadas en ser superadas, por lo que la actividad del practicaje toma relevancia y, sin duda, la maniobra de aproximación de una nave a puerto es la que reviste mayor riesgo dado que la embarcación está restringida en sus movimientos, tanto por la superficie disponible como por las bajas profundidades y la limitación en la velocidad de gobierno.

La nave, asimismo, se encuentra sujeta a condiciones medioambientales locales de viento y corriente con las que no está familiarizada la tripulación. Dichas condiciones obligan a la nave a interactuar con un considerable número de embarcaciones, la disminución de la visibilidad de marcas de referencia en costa, lo que afecta a su seguridad en la aproximación a los puertos, donde el Práctico ayuda al Capitán a recalar en forma segura a la nave.

Estos aspectos -evidentemente peligrosos- han sido considerados por la Organización Marítima Internacional (OMI) para su recomendación respecto del uso de Prácticos de Puerto, al tratarse de profesionales marítimos competentes especializados en las condiciones particulares de cada bahía que, con su pericia y entrenamiento, controlan y minimizan los riesgos en las maniobras en el puerto.

Se debe tener presente que cuando una nave ingresa a nuestras aguas territoriales acepta tácitamente las reglas y compromisos respecto a las operaciones marítimas en el territorio. De esta forma, Chile establece las relaciones entre el armador/Capitán y el Práctico de Puerto por medio de sus leyes y reglamentos vigentes. Así, la primera obligación del Práctico es asesorar al capitán de la nave en cada maniobra, contribuyendo a que ésta se realice de manera segura, resguardando la vida humana en el mar, el medio ambiente, y la protección de la infraestructura portuaria nacional.

Para cumplir cabalmente sus obligaciones, el Práctico de Puerto debe estar absolutamente libre de todo tipo de presiones externas, lo anterior con el fin de gozar de la libertad necesaria para emplear su criterio profesional en la aplicación de las normas y reglamentos en el correcto ejercicio de sus tareas, pensando siempre en el bien superior que le han confiado, principalmente la protección de la vida humana en el mar. Dicho de otro modo, la primera obligación de un Práctico es la seguridad y seguido a esto la integridad, calidad y eficiencia del servicio e intereses del Estado, representado por la Autoridad Marítima bajo cuyo control opera profesionalmente.

Cabe señalar que la Autoridad Marítima Nacional designa, habilita, entrena, y controla a los Prácticos de Puerto en su tarea de mantener la seguridad de las naves en sus recaladas y zarpes. Las estadísticas de los últimos 10 años indican la casi nula accidentabilidad en el servicio de practicaje gracias al trabajo profesional de excelencia de los prácticos de puerto chilenos.

Los Prácticos de Puerto son profesionales provenientes tanto de la Marina Mercante Nacional (Capitanes de Alta Mar) como de la Marina de Guerra (Comandantes de buques) que, una vez cumplidos los requisitos exigidos por la Autoridad Marítima, pueden postular al servicio. Posteriormente, son sometidos a un riguroso proceso de habilitación dirigido por Prácticos experimentados del puerto donde se desempeñará y supervisado por la Autoridad Marítima, y habiendo concluido adecuadamente su proceso, es esa Autoridad quién los faculta para desempeñarse en un determinado puerto. En la actualidad, la Asociación Chilena de Prácticos de Puerto (APRAP), está compuesta por un 60% de Capitanes de Alta Mar y un 40% de exoficiales de Marina.

En conclusión, la seguridad de las operaciones portuarias es un aspecto esencial para mantener la competitividad y confiabilidad de Chile en los mercados internacionales. Por este motivo, el practicaje constituye un servicio esencial y confiable por su profesionalismo, como garante de la seguridad en beneficio del desarrollo económico, nacional bajo la tutela de las respectivas Autoridades Marítimas Locales. Si la nave no llega a puerto en forma segura, todo el esfuerzo logístico asociado se vería seriamente afectado.


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