Presidente de Argentina delega a cartera de Transporte el llamado a licitación para la hidrovía

Por Emiliano Galli, TradeNews

@TradeNewsAr


El presidente de Argentina, Alberto Fernández, delegó en el Ministerio de Transporte la facultad de llamar a licitación pública nacional e internacional –y adjudicar por el régimen de “concesión de obra pública por peaje”– la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización, dragado y mantenimiento de la vía troncal de la hidrovía.

La concesión será “a riesgo empresario y sin aval del Estado”, consignó nuestro medio asociado Trade News.

Por medio del decreto 949/2020, Fernández instruyó a la cartera que conduce el massista Mario Meoni a que licite el tramo “entre el kilómetro 1238 del Río Paraná (Confluencia) hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales, en el Río de la Plata exterior, hasta la altura del kilómetro 239,1 del canal Punta Indio, por la vía del Canal Ingeniero Emilio Mitre y el Río Paraná de las Palmas, Río Paraná Bravo, Río Paraná Guazú, Río Talavera, Río Paraná–Océano Atlántico”.

División en tramos

De acuerdo con el artículo 1°, se autoriza a Transporte “a sustanciar más de un procedimiento de selección de concesionario en el caso de que resulte técnicamente conveniente la división en tanto tramos como sea necesario”.

El artículo 2° abre la puerta “a otros tramos de la vía navegable” no mencionados específicamente en el decreto ya publicado. Y le da el Ministerio “dos años desde la publicación del presente decreto” para evaluar tales tramos.

Luego, instruye “a la realización de los actos conducentes al efecto de la sustanciación de los procedimientos de contratación”, pudiéndose dictar “todas las medidas que resulten necesarias salvo los actos de aprobación de llamado a licitación, aprobación de la documentación licitatoria y su adjudicación”.

Garantizar la continuidad

El artículo 4°, específicamente, establece la potestad de Transporte de “adoptar las medidas necesarias con el fin de garantizar la continuidad de la navegación de la vía navegable troncal” hasta que “los adjudicatarios asuman la operación de tales servicios”.

A su vez, la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante deberá realizar “el inventario detallado de los bienes del Estado nacional afectados a la concesión y de los bienes que el concesionario debía aportar a ésta, y la liquidación del Contrato de Concesión adjudicado por el decreto 253/95“.

Por otra parte, Fernández también dispuso que se avance en la “creación del Consejo Federal Hidrovía (CFH)”, organismo de “asesoramiento permanente en todo lo relativo a la concesión” y que deberá “asistir al Ministerio en la coordinación política y estratégica para la administración” de la concesión.

Fernández recuerda la conformación del CFH: el Ejecutivo nacional a través de representantes de los ministerios de Interior, Desarrollo Productivo y Transporte (que presidirá el CFH), y las provincias de Buenos Aires, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe.

Convocados

La redacción de este artículo podría generar incomodidad, dado que señala que “podrán ser convocadas” a participar las “organización no gubernamentales y sindicales así como otros entes u organismos públicos o académicos con interés en la materia”. La palabra “privados” no está explícita.

No obstante, luego de repasar la historia del contrato adjudicado en 1995, el decreto recuerda la suscripción del Acuerdo Federal Hidrovía el 28 de agosto pasado, que señala que “el contrato de concesión está próximo a su vencimiento, por lo que resulta esencial buscar mecanismos de participación y trabajo conjunto con las distintas jurisdicciones, así como con los usuarios públicos y privados, que permitan no solo capitalizar la experiencia anterior sino planificar las mejoras para un desarrollo integral y sustentable de dicha vía navegable, el abaratamiento de los costos, la modernización del sistema portuario y la integración con las demás modalidades de transporte”.

Por último, el decreto no hace mención alguna –en este oportunidad al menos– a la Agencia Federal Hidrovía Sociedad del Estado, comunicación que eventualmente sobrevendrá en normativas posteriores.


 

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