TDLC ordena ajustar contrato de concesión entre EPA y Antofagasta Terminal Internacional

Por Redacción PortalPortuario.cl

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El Tribunal de Libre Competencia (TDLC) ordenó ajustar el contrato de concesión entre la Empresa Portuaria Antofagasta (EPA) y Antofagasta Terminal Internacional (ATI).

Al respecto, el TDLC señaló que “se ordenó ajustar, dentro de 15 días hábiles, el contrato de concesión celebrado entre la Empresa Portuaria Antofagasta y Antofagasta Terminal Internacional S.A., actualmente vigente, el Manual de Verificación de Indicadores del Frente de Atraque N°2 y cualquier otro acto o contrato que sea pertinente”.

Esto, en base al informe que modifica la regla de restricción a la integración vertical contenida en el Dictamen N° 1209/2002 que rige actualmente al Frente de Atraque N° 2 del recinto portuario de aquella ciudad.

En particular, el documento aumenta el límite a la integración vertical entre el concesionario ATI y sus usuarios relevantes, desde un 40 a 65%.

En ese sentido, establece que “el conjunto de usuarios relevantes no podrá poseer más de un 65% del capital, ni más del 65% del capital con derecho a voto, ni derechos por más del 65% en las utilidades de la sociedad concesionaria (ATI)”.

La medida del Tribunal se llevó a cabo debido a que ATI -concesionario del frente de atraque N°2- es controlado en 65% por el Grupo Luksic (SAAM con 35% y Ferrocarril Antofagasta Bolivia con 30%). De este modo, con el cambio se modifica la restricción que impedía al conglomerado poseer más de un 40% de control en el terminal antofagastino.


 

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