Por Redacción PortalPortuario.cl
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La Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) de Lima Noroeste, Perú, informó que ha abierto una investigación por el presunto delito de contaminación ambiental contra los representantes legales, funcionarios de la Refinería La Pampilla y los que resulten responsables, por afectar el litoral con el derrame de petróleo crudo en el mar de Ventanilla.
Esto en el marco de las acciones que se vienen desarrollando luego del incidente en las operaciones de descarga del buque tanque Mare Doricum, en las instalaciones del Terminal Multiboyas N° 2, perteneciente al Grupo Repsol Perú, a causa del fuerte oleaje producido por la erupción de un volcán en Tonga.
Según consignó el comunicado entregado por el Ministerio Público Fiscalía de la Nación, el fiscal Ariel Tapia Gómez -a bordo de una unidad marítima- constató que el derrame del hidrocarburo afectó a los distritos de Ventanilla (Callao), así como Santa Rosa y Ancón (Lima). Este hecho habría producido la contaminación marítima y la muerte de especies hidrobiológicas y aves, estas últimas en la zona reservada de Ancón.
El representante del Ministerio Público informó que las inspecciones in situ continuarán, por tierra y mar, como parte de las investigaciones para verificar los daños en la zona marítima y las afectaciones al ecosistema.
Al respecto, indicó que la alta cantidad de petróleo en el mar, que se viene obteniendo por succión en mangas de polietileno, difiere con la información preliminar alcanzada por la refinería La Pampilla, la cual señala que se derramaron 7 galones de petróleo.
Ordenas administrativas
Bajo este contexto, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), adscrito al Ministerio del Ambiente, ha dictado una serie de medidas administrativas de cumplimiento inmediato a la compañía a cargo de la refinería, esto con el fin de prevenir daños acumulativos o de mayor gravedad que repercutan en el suelo, agua, flora, fauna y recursos hidrobiológicos.
El primer punto es el identificar las zonas afectadas por el desplazamiento del hidrocarburo derramado, en un plazo máximo de dos días hábiles.
El segundo punto es realizar las acciones de limpieza del área de suelo afectada por el derrame de petróleo crudo en la zona de playa Cavero y otras áreas que pudieran verse afectadas, en un plazo máximo de diez días hábiles.
El tercer punto es asegurar el área, realizar la contención y recuperación del hidrocarburo sobrenadante en el agua de mar de Ventanilla y en otras áreas en las cuales exista la presencia de hidrocarburo, en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Finalmente, el cuarto punto señala la orden de realizar la segregación, almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos sólidos y líquidos peligrosos y no peligrosos generados como consecuencia de las actividades de la limpieza de las áreas afectadas, en un plazo máximo de ocho días hábiles.