Por Redacción PortalPortuario.cl
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Por la unanimidad de los diputados presentes, la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a su par de Hacienda el proyecto por el cual se ratifica el Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Entidad Binacional para el Proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra” (EBITAN), suscrito en Santiago el 6 y 9 de enero de 2017.
Según se informó por parte del Ejecutivo, este Acuerdo se inscribe en el contexto del Tratado de Integración y Cooperación entre Chile y Argentina, suscrito en Maipú el 30 de octubre de 2009, que contempló, entre otras materias, la decisión de los gobiernos de ambas Repúblicas de intensificar las acciones tendientes a mejorar y ampliar la conexión física entre los territorios de cada una de las Partes, mediante la promoción y realización conjunta o coordinada de obras de infraestructura en los ámbitos de la energía, transporte y comunicaciones.
A su vez, el Protocolo Complementario al indicado tratado, de igual fecha, creó la citada Entidad Binacional, la cual tiene como función y objetivo principal el ejercer todas las funciones y obligaciones necesarias para concretar el Proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra”, que unirá la región de Coquimbo con la provincia de San Juan.
Entre las tareas encomendadas a EBITAN se encuentran las de preocuparse por avanzar en el diseño, construcción, administración, mantenimiento y explotación de dicho túnel y los estudios realizados o futuros que se elaboren en ambas Repúblicas.
El Gobierno informó que el II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú, suscrito el 23 de diciembre de 2014, dispuso que la EBITAN debía celebrar con Chile y Argentina los respectivos Acuerdos de Sede, adecuados a la naturaleza de sus funciones. “Según el artículo 5 de este instrumento internacional, la EBITAN tiene sus Sedes centrales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Santiago y podrá mantener, además, oficinas regionales en cada uno de los países, según se estime necesario”, se explicita en el mensaje.
Finalmente, se clarifica que el presente Acuerdo de Sede entre Chile y la EBITAN da cumplimiento al ya señalado II Protocolo Complementario, para establecer en nuestro país una sede de dicha entidad, reconociéndose en el mismo el estatus jurídico necesario para su funcionamiento en nuestro territorio.
Cabe mencionar que el Acuerdo se encuentra estructurado sobre la base de un preámbulo y de dieciocho artículos, donde se despliegan las normas que conforman su cuerpo dispositivo por las que se establece el estatuto jurídico al que se someterá la sede de EBITAN en Chile.