Corte multa a Minera Escondida por incumplir obligación de informar contratos de exportaciones

Por Redacción PortalPortuario.cl

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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de reclamación deducidos por la empresa Minera Escondida Limitada en contra de las resoluciones, dictadas por la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco), que la sancionó por no informar oportunamente contratos de exportación de mineral, a través de la plataforma denominada Sistema de Exportaciones Mineras (SEM).

En cuanto al monto, según el tribunal “la sanción administrativa consistente en multa a beneficio fiscal por la suma de 11.100 Ingresos Mínimos, equivalentes a $2.336.084”.

“Que, en estas circunstancias la Comisión Chilena del Cobre, así como su Vicepresidente Ejecutivo –en virtud de lo artículos 5° y 7° D.L N° 1.349 /76– cuenta con atribuciones que le permiten cumplir con su rol como órgano especializado y técnico de determinación, entre otros, del valor de exportaciones e importaciones o precios de referencia, exigir a las empresas públicas y privadas, la entrega de cierta información, dentro de los plazos establecidos, no advirtiéndose ilegalidad alguna en la dictación de la Resolución Exenta impugnada, desde que ha actuado dentro del ámbito de sus funciones y competencias, y en estricto cumplimiento de las normas que regulan la materia; por lo que no se divisa la existencia de una actuar ilegal ni menos irracional, por lo que el recurso no podrá prosperar”, argumentaron, en parte, los magistrados.

En fallos unánimes, la Tercera Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Dobra Lusic, el ministro Alejandro Rivera y la ministra Jenny Book, desestimó las alegaciones de la sancionada, tras establecer que Cochilco actuó dentro de sus facultades legales al multarla.


 

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