México: Cofece determina que falta competencia en ruta de ferris en Quintana Roo

Por T21

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La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) de México determinó la ausencia de condiciones de competencia efectiva en el servicio de transporte marítimo de pasajeros, en navegación de cabotaje, en la modalidad de ferris en Cozumel, Puerto Juárez y Zona Hotelera de la zona norte de Quintana Roo.

Estos mercados abarcan las rutas, con origen y destino, isla de Cozumel-Playa del Carmen, Isla Mujeres-Puerto Juárez o Gran Puerto, en Cancún; así como Isla Mujeres con origen y destino a los muelles El Caracol, Playa Tortugas y El Embarcadero, también en Cancún.

“Se constató que los usuarios de este servicio no tienen otras opciones para trasladarse de esas islas a la zona norte de Quintana Roo sin incurrir en costos adicionales”, afirmó.

Lo anterior debido a que los servicios de transportes terrestre, aéreo u otras formas de transporte marítimo –como el de turismo náutico o el de transbordador–, no sustituyen a los ferris, entre otros factores, por las diferencias en las condiciones como facilidades, precio, velocidad de traslado y frecuencias.

Además, no hay rutas alternativas, ya que el servicio no se puede proveer desde un punto que sea completamente distinto o muy lejano del origen o del destino y por el lado de la oferta, estos prestadores tienen capacidad limitada para ofrecer el servicio sin incurrir en costos significativos.

En este sentido, el regulador dijo que “la inexistencia de condiciones de competencia en los mercados relevantes provocó que Naviera Magna (Magna) registre una alta participación de mercado y poder sustancial en los puertos Puerto Juárez y Zona Hotelera –en este último es el único oferente”.

En tanto que en la ruta Cozumel—Playa del Carmen, Magna y Golfo Transportación (Winjet) tienen alta participación de mercado y un comportamiento similar en materia tarifaria y de horarios, en una estructura de mercado que no favorece la competencia.

“Además, se encontró que estos agentes económicos pueden fijar libre y unilateralmente sus tarifas, así como restringir el abasto, ya que eligen libremente los horarios e itinerarios que desean prestar, e incluso podrían dejar de hacerlo durante 6 meses sin que les sea revocado el permiso”, apuntó el servicio.

De igual manera, determinó que existen barreras de tipo normativo, económico y estructurales que limitan la entrada de potenciales participantes, como la indivisibilidad de la infraestructura para prestar servicio, esto es, que los activos no se pueden fragmentar para adecuarlos a la demanda estacional del servicio, lo que incide directamente en las decisiones de inversión y en los costos fijos de los transportistas.

También altos montos de inversión necesarios para ingresar al mercado, relacionados con la adquisición o renta de embarcaciones, así como su plazo de recuperación que puede ir de 7 a 15 años, y escasez de usos alternativos. Barreras de acceso a la infraestructura portuaria, en ciertos casos, existen limitaciones físicas en estas instalaciones que dificultan la operación simultánea de varios prestadores del servicio; en otros el uso de muelles es de uso exclusivo (Magna en la Zona Hotelera) y no existe infraestructura adicional para atracar o zarpar, por lo que un agente económico interesado tendría que desarrollar su propia infraestructura.


 

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