OMI 2020: Entra en vigor el límite de azufre en el combustible marino

Por PortalPortuario.cl

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La Organización Marítima Internacional anunció la entrada en vigor de la norma que reducirá significativamente las emisiones de óxidos de azufre, “lo que supondrá beneficios significativos tanto para la salud humana como para el medio ambiente”.

A partir de este 1 de enero de 2020, el límite mundial del contenido de azufre del combustible de los buques se reducirá al 0,50% (del 3,50% actual). Conocido como “OMI 2020”, este límite será obligatorio para todos los buques que operen fuera de ciertas zonas de control de emisiones designadas, donde el límite ya es del 0,10%.

El nuevo límite se enmarca en el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio MARPOL), un tratado ambiental clave bajo los auspicios de la Organización Marítima Internacional (OMI), el organismo de las Naciones Unidas especializado responsable de elaborar y adoptar normas para prevenir la contaminación provocada por los buques, así como velar por la protección, seguridad y eficiencia del transporte marítimo.

El Secretario General de la OMI, Kitack Lim, dijo que “durante los últimos tres años, los Estados Miembros de la OMI, la industria naviera y los proveedores de combustible han trabajado incansablemente en la preparación para este cambio importante en el contenido de azufre del combustible de los buques. Estoy seguro de que los beneficios se apreciarán pronto y que la implantación se realizará sin contratiempos”.

Las refinerías pueden mezclar fueloil de contenido bajo con fueloil de contenido alto en azufre para suministrar fueloil reglamentario. Se pueden usar aditivos para mejorar otras propiedades, como la lubricidad. Los buques también pueden usar diferentes combustibles, con contenido bajo o incluso cero azufres, por ejemplo, gas natural licuado o biocombustibles. Sin embargo, no se recomienda la mezcla de diferentes combustibles, de acuerdo con las normas ISO y su PAS.

Los buques también pueden cumplir las prescripciones sobre las emisiones de SOx usando alguno de los métodos equivalentes aprobados, tales como los sistemas de limpieza de los gases de escape, o los “lavadores” que “limpian” las emisiones antes de que sean liberadas en la atmósfera. En este caso, los medios equivalentes deben ser aprobados por la Administración del buque (el Estado de abanderamiento). Los lavadores eliminan los óxidos de azufre del motor del barco y los gases de escape de la caldera, lo que permite a los barcos equipados con ellos continuar utilizando combustible pesado, de acuerdo con las Directrices de la OMI.


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