Por Redacción PortalPortuario
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Rafael Durán Sanhueza, socio fundador de Legal Export Abogados, remarcó que el sector portuario chileno presenta una desregulación en las leyes atingentes al rubro, lo que provocaría distorsiones y relaciones asimétricas entre puertos públicos y privados.
Lo anterior fue expresado por Durán en el marco de la última edición del Encuentro de Logística y Comercio Exterior (Enloce), instancia de la cual formó parte como expositor en el panel llamado “Cadena Logística Resiliente: Enfoque en la Seguridad y Prevención”.
En este sentido, el jurista manifestó que el sector portuario chileno presenta dos realidades marcadas y distintas una de la otra, lo que se da al alero de los recintos portuarios creados y regulados bajo la Ley 19.542 (empresas portuarias estatales y sus concesionarios) y aquellos reglamentados por el Decreto con Fuerza de Ley número 340 (Puertos y terminales privados).
Al respecto, el abogado indicó que “eso hace que tengamos una gran asimetría, una gran distorsión donde tenemos un puerto privado y uno público donde vamos a tener distintas regulaciones que van a generar un estrés o carga según se trate de un puerto público o un puerto privado. Lo que tenemos a día de hoy con la Ley 19.542, más que una Ley de Puertos, tenemos una Ley de Concesiones”.
“Chile tomó la decisión de concesionar los frentes de atraque y los puertos, pero dicta una Ley que básicamente es muy puntual y que tiene que ver con la concesión, por lo que es básicamente una ley que solo regula eso y no tiene otro espíritu más que regular el contrato de concesión, la duración, los directores, la Empresa Portuaria estatal, la Empresa Concesionaria, entre otros, y deja de lado muchas cosas como la relación Ciudad-Puerto, los temas medioambientales, seguros, la responsabilidad de los Terminales, etc. En definitiva, se podrían decir que son más las cosas que no están en la Ley actual que aquellas que sí están y eso genera una eventual distorsión y falta de regulación”, complementó.
La asimetría también se presentaría en la relación que se establecen entre los usuarios y los recintos portuarios, en cuanto un “usuario que se enfrenta a un puerto privado versus a uno público va a sentir que hay una relación distinta. Todo lo que tiene que ver con el mundo naviera, marítimo e incluso del transporte terrestre está meridianamente bien regulado, pero todo lo que tiene que ver con el sector portuario se podría decir que no está mal regulado, pero está desregulado, no hay regulaciones, no se define y no hay un estatuto de responsabilidad”.
Las diferencias también serían latentes en los niveles de competitividad que tiene un recinto portuario privado con uno público, ya que, a diferencia de aquellos reglamentados por la Ley 19.542, el DFL 340 “regula la concesión marítima en no más de 20 artículos. Al Puerto de la Ley 19.542 se le impone un estándar de cumplimiento mucho más alto que al puerto del DFL 340, se le dice pormenorizadamente -al menos desde la perspectiva de la concesión- todo aquello con lo que debe de cumplir y, por lo tanto, se le impone un costo de funcionamiento más alto, lo cual desde luego significa una asimetría que hay que necesariamente corregir desde el punto de vista económico”, argumentó Durán.
“Eso hace, desde el punto de vista de la competencia, que no exista una competencia adecuada o, al menos, relativamente adecuada entre los prestadores bajo condiciones idénticas y de uso público y aquellos prestadores que se encuentran en una misma zona geográfica”, complementó.
Al mismo tiempo, el socio de Legal Export Abogados remarcó que al sector portuario chileno es abordado de manera segmentada, conceptualizando al rubro terrestre, marítimo y portuario como áreas individuales y no como un todo logístico.
“Al día de hoy falta una gran regulación para los tiempos actuales. Desde la perspectiva tradicional se ha pensado siempre en forma segmentada en el sentido de transporte por vía terrestre, luego por vía marítima y entre medio un puerto, pero la conceptualización tradicional ha quedado totalmente anquilosada en el pasado, porque lo que se tiene al día de hoy es básicamente una conceptualización logística. El usuario, usualmente, no contrata uno a uno los operadores, sino que probablemente se va a dirigir a un forwarder u operador logístico donde va a contratar todo. La logística es un concepto que legamente no se encuentra definido y regulado”, puntualizó Durán.
“La ausencia de normas nos va a generar una falta de coordinación entre los puertos y el resto de la cadena logística. El puerto, al día de hoy, más que una zona gris es una zona carente de regulación bajo la perspectiva especializada. Todo lo que sucede con miras al exterior tiene una particularidad que ha de ser necesariamente considerada y si no lo hago voy a tener esta falta de coordinación y normas”, expandió.
A raíz de todo lo anterior, el jurisconsulto manifestó la necesidad de contar con una autoridad específica que se dedique a regular la institucionalidad marítimo, portuaria y logística, a modo de dejar de abordar aquellos ámbitos mediante instituciones segregadas y conformar un ente que se pueda dedicar a aquellas materias con una visión más global.
Ante la realidad portuaria chilena, Durán manifestó que “lo lógico sería tener una Ley de Puertos o 2.0, pero es difícil que eso se pueda dar por los quórums y distintos temas del tipo legislativos. Por tanto, se entiende que lo más realizable es tener leyes que vayan modificando e incorporando de forma puntual la regulación con el puerto”.
Finalmente, el abogado planteó la posibilidad de concretar una regulación privada de un usuario con un puerto estatal mediante la incorporación de aquel vínculo al Libro Tercero del Código de Comercio.
“Si incorporo al puerto en el Código de Comercio voy a tener por defecto el beneficio para todo el puerto de los insumos que da ese libro. Le otorgo la posibilidad de limitar su responsabilidad, le doy la posibilidad de tener acceso a arbitraje cuando tenga algún conflicto con un usuario y, desde esa perspectiva, voy a encuadrar correctamente al puerto con la regulación que existe al día de hoy”, concluyó.