La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) rechazó la impugnación de la empresa CCCC Shanghai Dredging en la licitación de la Vía Navegable Troncal (VNT). La resolución mantiene las condiciones y reafirma la exclusión de empresas con financiamiento estatal.
La compañía de origen chino había solicitado la revisión del Pliego de Bases y Condiciones Generales (PByCG), sosteniendo que algunas de sus disposiciones establecían barreras discriminatorias que limitaban su participación, según informó SL24.
Desde los organismos del Ejecutivo argumentan la medida en base a cuatro puntos. El primero hace referencia al resguardo de la soberanía argentina, en donde la administración de la Hidrovía -dirigida por una empresa de un estado extranjero- podría generar riesgos en su gestión a largo plazo.
La segunda razón habla del respeto a la igualdad y la concurrencia, la cual señala que la licitación no impide la participación de empresas privadas chinas ni de otros países, siempre que no reciban financiamiento estatal.
Como tercero se señala la justificación técnica, fundamentada en la necesidad de garantizar estándares elevados de solvencia financiera y experiencia técnica sin depender de aportes estatales.
El último punto dice relación con los precedentes internacionales, en donde la agencia del Gobierno argentino subrayó que otras naciones han adoptado medidas similares para proteger infraestructuras críticas.
En este contexto, el Ejecutivo justificó la exclusión de empresas con financiamiento estatal como una decisión de resguardo soberano, asegurando que el manejo de la VNT quede en manos de operadores privados sin injerencia de Estados extranjeros.
La resolución de los órganos del Gobierno refuerza la postura de priorizar la autonomía en la gestión de su infraestructura estratégica, una tendencia que en los últimos años ha cobrado fuerza en diversos países con relación a sectores sensibles como energía, telecomunicaciones y transporte.
La empresa impugnante sostuvo que la exclusión de compañías con participación estatal afecta el principio de igualdad y libre competencia, y que en otras licitaciones de gran envergadura en Argentina sí se ha permitido la participación de empresas públicas extranjeras.
Además, señaló que esta cláusula parecía estar dirigida específicamente a su exclusión, dado que es una de las pocas empresas con capacidad técnica y financiera para asumir la concesión.
Asimismo, la compañía argumentó que la restricción podría encarecer los costos del servicio, al limitar la cantidad de oferentes en competencia, y que la medida entraba en contradicción con el DNU 70/2023, que promueve la apertura del mercado y la eliminación de trabas para la inversión extranjera.
En este contexto, el Gobierno justificó la exclusión de empresas con financiamiento estatal como una decisión de resguardo soberano, asegurando que el manejo de la VNT quede en manos de operadores privados sin injerencia de Estados extranjeros.
La resolución del Ejecutivo refuerza la postura de priorizar la autonomía en la gestión de su infraestructura estratégica, una tendencia que en los últimos años ha cobrado fuerza en diversos países con relación a sectores sensibles como energía, telecomunicaciones y transporte.